Gas: cómo proceder ante la orden judicial que invalida el aumento

De acuerdo a lo dictaminado por un juez federal de Dolores, las empresas que brindan gas en toda esa jurisdicción judicial (que incluye a Villa Gesell) deberán anular los aumentos y refacturar según las tarifas vigentes al 31 de marzo. Enterate como exigir que se cumpla este derecho sin caer en mora ni punitorios.

 

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noticias@gesell.com.ar | Gracias a la concordancia de todos los espacios políticos geselinos (un hecho poco frecuente), un juez federal de Dolores determinó días atrás suspender el aumento en las tarifas del gas para toda la región, lo cual obliga a la empresa prestadora del servicio a volver a emitir las facturas con los valores vigentes al 31 de marzo de 2016.

Si bien la situación fue tomada con alegría y alivio en nuestra comunidad, también subyace una sensación de incertidumbre y temor dado que no queda bien claro si primero debe pagarse la factura original (con el aumento exorbitante) y luego reclamar el descuento, o bien esperar la impresión de la nueva factura, aunque con el peligro de quedar en mora y padecer el corte de suministro.

Por eso es necesario tener en claro los siguientes aspectos:

  • El servicio no puede ser cortado, la medida cautelar lo prohíbe expresamente
  • Es obligatorio pagar, aunque con el cuadro tarifario vigente al 31 de marzo. Por lo tanto hay que exigirle a la empresa que reemita la factura, tome el pago y entregue el recibo cancelatorio de deuda.
  • No se debe aceptar pagos “a cuenta” (es decir: pagar la tarifa actual y que luego le tomen la diferencia a crédito para futuros pagos).
  • La empresa está obligada a refacturar con la nueva tarifa. Así lo dispone una medida judicial. Si la misma incumple, se expone a consecuencias jurídicas.
  • El juez conmina a los intendentes de toda la región judicial de Dolores a acompañar la medida dándole publicidad a la misma.